miércoles, 12 de junio de 2013

Conceptos normativos del derecho jurídico.

          UNIDAD Y RESULTADO DE APRENDIZAJE:
          Unidad1: Distinción de la normatividad del derecho informático.
          1.1. Identifica el marco jurídico del derecho informático.
Reseña: A continuacion se muestran algunos conceptos que tienen que ver con la informatica y las leyes.Se utilizan en un marco juridico derechos,delitos y politicas,etc..



  •   Informática Jurídica
La informática jurídica es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho informático, que es la regulación jurídica de las nuevas tecnologías. Tiene como antecedente la jurimetría, planteada en 1949 por el norteamericano Lee Loevinger.
 La informática jurídica se divide en tres áreas:
Informática jurídica documental: automatización del conocimiento jurídico emanado de fuentes legislativasjurisprudenciales y doctrinales;
Informática jurídica decisional: automatización de las fuentes de producción jurídica;
Informática jurídica de gestión: automatización de los procesos de administración judicial.


·        Derecho informático
Derecho Informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos. Es una rama del derecho especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. “El Derecho Informático es la aplicación del derecho a la informática permitiendo que se adopten o creen soluciones jurídicas a los problemas que surgen en torno al fenómeno informático” (Núñez Ponce, Julio: 1996: 22). Esta nueva disciplina jurídica tiene método e instituciones propias que surgen de un fenómeno que tiene implicancias globales y que por tanto permite tener bases doctrinales y principios similares con las peculiaridades propias de cada ordenamiento jurídico.


·        Delito Informático
El constante progreso tecnológico que experimenta la sociedad, supone una evolución en las formas de delinquir, dando lugar, tanto a la diversificación de los delitos tradicionales como a la aparición de nuevos actos ilícitos. Esta realidad ha originado un debate en torno a la necesidad de distinguir o no los delitos informáticos del resto.
Diversos autores y organismos han propuesto definiciones de los delitos informáticos, aportando distintas perspectivas y matices al concepto. Algunos consideran que es innecesario diferenciar los delitos informáticos de los tradicionales, ya que, según éstos se trata de los mismos delitos, cometidos a través de otros medios. De hecho, el Código Penal español, no contempla los delitos informáticos como tal.
Partiendo de esta compleja situación y tomando como referencia el “Convenio de Ciberdelincuencia del Consejo de Europa”, podemos definir los delitos informáticos como: “los actos dirigidos contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas informáticos, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas, redes y datos”.


·        Política informática
Se entiende por política informática a los planes, medidas y acciones que indique  puntos principales en el ámbito de sistemas para el tratamiento de la información  la protección y la seguridad de los datos y medios informáticos.
Una política de informática es una forma de comunicarse con los usuarios, ya que las mismas establecen un canal formal de actuación del personal, en relación con los recursos y servicios informáticos de la organización.

·        Derecho
La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuáles son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos.

·         Informática
El término informática proviene del francés informatique, implementado por el ingeniero Philippe Dreyfus a comienzos de la década del ’60. La palabra es, a su vez, un acrónimo de información y automatique.
De esta forma, la informática se refiere al procesamiento automático de información mediante dispositivos electrónicos y sistemas computacionales. Los sistemas informáticos deben contar con la capacidad de cumplir tres tareas básicas: entrada (captación de la información), procesamiento y salida (transmisión de los resultados). El conjunto de estas tres tareas se conoce como algoritmo.

·         Normas
Norma es un término que proviene del latín y significa “escuadra”. Una norma es una regla que debe ser respetada y que permite ajustar ciertas conductas o actividades. En el ámbito del derecho, una norma es un precepto jurídico
·        Principio
Un principio es una ley o regla que se cumple o debe seguirse con cierto propósito, como consecuencia necesaria de algo o con el fin de lograr cierto propósito. Las leyes naturales son ejemplos de principios físicos, en matemáticas, lingüística, algorítmico y otros campos también existen principios necesarios o que se cumplen sin más o que deberían cumplirse si se pretende tener cierto estado de hechos.
Otra manera de concebir los principios inherentes a un sistema o una disciplina es como un reflejo de las características esenciales de un sistema, que los usuarios o investigadores asumen, y sin los cual no es posible trabajar, comprender o usar dicho sistema.
·        Hechos
Son acontecimientos o sucesos que ocurren por la acción de la naturaleza, por ejemplo la caída de granizo, o por obra de los animales, por ejemplo cuando se comen una cosecha, o de los seres humanos, como cuando hacen una revolución o un hallazgo científico, o simplemente ejecutan los actos cotidianos de su existencia, comen, duermen, etcétera.


·        Actos
De acuerdo al uso que se le dé al mismo, el término acto puede referir diversas cuestiones…
Al hecho o acción que despliega un individuo, popularmente se lo designa con el término de acto, es decir, la palabra se encuentra estrechamente vinculada a la acción y siempre implicará el hacer o el resultado de ese hacer.
Y al hecho público, revestido de solemnidad a través del cual se conmemora algún acontecimiento histórico o en su defecto en el cual se celebra alguna situación o logro de trascendencia y en el que se encuentran vinculadas personalidades trascendentes, se lo designa también con la palabra acto. Las celebraciones públicas de algún día histórico de la Nación en cuestión y las celebraciones políticas se conocen popularmente como actos.



·        Legislación Informática
La legislación informática es aquella referida al uso de medios informáticos y su objetivo primordial es regularlo, establecer limitaciones y reglas para que la informática no se convierta en un medio anárquico que desvíe los fines nobles para los cuales ha sido creada, sino en un avance tecnológico al servicio de todos en todos los aspectos de la vida y progreso del ser humano.



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